Ley sanciona con 2 mil bolivianos a quienes jueguen con agua potable en carnavales
El Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario (Semapa) recuerda a la población cochabambina que está vigente la Ley Municipal 186/2017 de “Restricción y Uso Racional del Agua Potable en las Actividades Festivas del Carnaval”, la misma sanciona con una multa de 2 mil bolivianos a quienes infrinjan esta norma.
“Se prohíbe el uso de agua potable para el juego en cualquiera de las actividades festivas a realizarse antes, durante y después de las fiestas de carnaval, quedando el Órgano Ejecutivo, a través de la Dirección de la Intendencia Municipal, a cargo del control del uso de mangueras, camiones cisternas, globos de agua y recipiente de cualquier tipo de material, en vías y espacios públicos”, señala el artículo 4 de la Ley 186.
Semapa recuerda que actualmente, por la falta de lluvias en el municipio, existe escasez de agua en algunas zonas de Cochabamba, especialmente en las represas de Wara Wara (Sacaba) y Escalerani (Tiquipaya).
Asimismo, pide a todos sus usuarios realizar un uso racional y responsable del agua potable para evitar sanciones.